Se entiende por diseño la apariencia de la totalidad o de una parte de un producto, que se derive de las características de, en particular, las líneas, contornos, colores, forma, textura o material de producto en sí o de su ornamentación.
Mediante el registro de un diseño se adquiere el derecho de impedir su reproducción o imitación por parte de terceros, contribuyendo a fortalecer la posición competitiva y a obtener una mejora de los beneficios, al tratarse de activos empresariales que incrementan el valor comercial de una empresa y sus productos.
El diseño comunitario se tramitará ante la EUIPO y una vez concedido, otorga al titular protección en los siguientes países: Alemania, Austria, Bélgica, Dinamarca, España, Finlandia, Francia, Grecia, Holanda, Irlanda, Italia, Luxemburgo, Portugal, Reino Unido y Suecia.
El derecho exclusivo a su utilización se concede durante un período de cinco años a partir de la fecha de la presentación de la solicitud, con renovaciones posteriores por iguales períodos, hasta un máximo de 25 años.